¡Hola amigos del Interné! Hoy os traigo una guía rápida y espero que útil, para los que generen dinero en Internet y quieran declarar esos ingresos de forma legal, tras su previa alta en autónomos. Yo en estos temas legales de facturación y demás estaba muy perdido (aun lo sigo estando 🙂 ), y tampoco es que encontrase buena información sobre el tema. Ahora que lo tengo algo más claro, os contaré como lo hago yo e intentaré ayudar con este artículo a los que puedan tener el mismo problema. ¡Al lío!
Facturas, IVA, IRPF, ROI, VAT ID, ¿WTF?
Vamos con los 5 conceptos más básicos que hay que conocer antes de meternos en materia:
–Base imponible: tus ingresos brutos. Los impuestos se calculan siempre respecto la base.
-IVA (+21%): no necesita presentación. Impuesto que añades a tus facturas y pertenece a Hacienda.
-IRPF (-15%): impuesto renta personas físicas.
-ROI: Registro operador intracomunitario. Necesario su alta para operar en Europa.
-VAT ID: tu DNI para Europa, del tipo ES0.000.000Y. Lo obtienes tras darte de alta en el ROI.
Para saber lo que debes añadir o quitar en cada factura dependiendo de cada caso, con este cuadro se ve muy facilmente:
Domicilio fiscal del cliente | Tipo de cliente | IRPF (%) | IVA (%) |
---|---|---|---|
Península y Baleares | Empresa / autónomo | 15 | 21 |
Particular | 0 | 21 | |
Canarias | Empresa / autónomo | 15 | 0 |
Particular | 0 | 0 | |
Unión Europea | Inscrito en ROI | 0 | 0 |
No inscrito en ROI | 0 | 21 | |
Resto del mundo | Cualquiera | 0 | 0 |
Hacer facturas para Google Adsense y Amazon
Una de las dudas de mucha gente viene con las declaraciones de ingresos de Google Adsense y cobros de Amazon. Los pagos de Adsense vienen de Irlanda y sí están dados de alta en ROI, por lo que si miramos lo expuesto anteriormente nuestro cliente Google, es de la unión Europea y está inscrito en el ROI (tiene VAT ID), por lo tanto NO aplicamos ni IVA ni IRPF. Lo mismo para Amazon. Fácil, si has hecho 100 euros, haces tu factura por 100 euros, nada más.
Resumiendo un poco: para facturar no debemos olvidar ningún dato nuestro ni de nuestro cliente en la factura, y dependiendo de este último, comprobar la tabla para saber que impuestos debemos añadir. No hay más, dije que era una mini-guía, ¿no 🙂 ?
Si quieres aportar nueva información sobre el tema al respecto, puedes dejar un comentario y si crees que a alguno de tus seguidores le resultará útil, ¡compártelo por redes sociales 🙂 ! ¡Hasta la próxima!
Hola Adrián,
Muchas gracias por la información, pero una pregunta si generas 400€ en Adsense, los gastos serían 300€ de autónomo y ya esta? ya que mi gestor me dijo que hay que descontarle el IRFP? y tu comentes que no. Mi gestor me la esta liando o es así?
Gracias,
Saludos 😉
Hola Antoniet.
Si tu emites facturas fuera de España no hay que añadir el IRPF, es decir, tu si cobras 400€ de Adsense, haces una factura por 400€ sin IVA ni IRPF. Luego los gastos, ya los que tu tengas, pero para cobrar de Adsnese ni IVA ni IRPF. Espero haber resuelto tus dudas.
Saludos!
Aclaras algunas cosas, pero otras no quedan del todo claras.
Desde el 11/07/2015, durante los tres primeros ejercicios, puedes aplicar una retención del 7% por inicio de Actividad.
Cuentan como ejercicios los años completos, es decir, 2015 a 2017 ambos inclusive.
En el caso de que más del 70% de tus facturas de ingresos lleven retención, no estarás obligad@ a presentar el IRPF (se hace en Renta)
Para no darse de Alta como autónomo no debes cumplir la “Habituabilidad” en caso contrario debes darte de alta.
Si que se presentan declaraciones de IVA, ya que puedes deducirte gastos como la Factura de Internet, o cualquier otro gastos del Negocio. Es más, casi siempre saldría a devolver.
Puesto que muchos no tenéis solo los ingresos de Adsense, habría que ver cada caso de modo “único”, pero creo que con esto os ayudará a entenderlo mejor.
Gracias por tu aportación GestAguilar. Siempre viene bien algunos añadidos como este para los que no somos expertos en estos temas. Un saludo!
¿Apartir de que cantidad considerais interesante darse de alta de autnomono?
Yo he ralizado calculos y unos 2000€ ¿no?
Muchas gracias por este post, es de lo mejor que he encontrado al respecto.
Entonces, si yo recibo pagos de Adsense en mi cuenta de España pero resido y trabajo en Reino Unido, cómo funcionaría? Tengo que abrirme una cuenta de Adsense nueva y enviar los pagos a mi cuenta inglesa? O puedo simplemente registrarme como autónoma en Reino Unido y declarar los pagos que AdSense me manda a España? No le veo sentido a declararlo en España cuando no soy residente allí, pero no tengo claro si al llegar los pagos a España puede ser un problema… Es todo muy confuso!!!
Hola Anita, en ese caso tengo mis dudas. Voy a ver si puedo preguntar a una compañera que está en tu situación y te comento como lo hace ella. Un saludo.